martes, 22 de marzo de 2011

Complemento de estudio social art 59

Hace poco con una de las entidades financieras autorizadas y la empresa constuctora tuve la oportunidad de iniciar un conversatorio sobre "adecuaciones o correcciones a los informes".  Así, la analista de la entidad solicitaba que se "sacara" del informe a las otras personas que se encontraron dentro del inmueble y cohabitando con los valorados el día de visita domiciliar...Creyendo que BANHVI había cambiado criterios que tiene establecidos en el Manual para la aplicación del Instrumento "Estudio para la clasificación de familias dentro de los programas del artículo 59 de la Ley del Sistema Financiero Nacional para la vivienda" solicité que se hiciera la consulta al BANHVI...y la respuesta por parte de la entidad financiera fue que la mayoría de los estudios no consignan esta información.  Ojo con esto colegas, porque la calidad es nuestra carta de presentación y no podemos andar dejando "rabo suelto que nos majen!!!". Por supuesto, la consulta no se elevó al BANHVI. Y yo en lo personal no la hice porque tengo el manual que lo explicita claramente!!!-valga la redundancia!-
Asimismo, a la luz de esta situación, surgió otra solicitud de que explicara porqué se concluía que una familia "tenía resuelta la necesidad de vivienda"; siendo que en el informe se consignaba claramente la información, y pedían una "Ampliación de estudio".  Siendo que el verbo es muy poderoso, decidí cambiar el nombre de "Ampliación" a "complemento" y me idee un esquema sencillo de presentar la información:


Nombre del  valorado:  XXXX
Identificación: XXXX
Domicilio: XXXX
La conclusión de la valoración realizada reza:
SE TRANSCRIBE TAL CUAL SE PUSO EN INFORME
De ella se desprende que: SE PONE EN PALABRAS COTIDIANAS LO QUE TECNICAMENTE SE HA EXPUESTO EN LAS CONCLUSIONES Y SE CIERRA RENGLON.--------------U.L---------------------

Nombre y firma profesional
Código profesional

Bueno, estos son aprendizajes que se tienen todos los días ¿o no?